Cumplimiento laboral · 7 min

Enero de 2027: qué le va a exigir la reducción de jornada

2 de septiembre de 2026

El caso

Una empresa de producción con dos turnos y horas extra como norma. Los contratos decían cuarenta y ocho horas, el reglamento interior no se había tocado en diez años, y la asistencia se llevaba en una libreta que firmaba el vigilante.

El síntoma
Enero de 2027 llega con obligaciones nuevas y nadie ha preparado nada.
La fuga
Jornada real desconocida, contratos desalineados con la ley que viene, sin registro de jornada que sirva de prueba, y tiempo extra sin autorización escrita.
Etapa del sistema
La base · El operador
Qué se hizo
Diagnóstico de jornada real por puesto, regularización de contratos, reglamento interior actualizado y registrado, procedimiento de asistencia e incidencias con su formato, y registro de jornada en piloto tres meses antes.
Qué cambió
Llegó a la fecha con datos de un trimestre, no con una libreta. Y de paso encontró que un turno completo de horas extra se debía a un cuello de botella que se resolvió con programación.

Caso compuesto a partir de situaciones que se repiten. No describe a ningún cliente.

La reducción de la jornada laboral en México dejó de ser una discusión y pasó a ser un calendario. Para una PyME, lo relevante no es el debate: es que a partir de enero de 2027 hay obligaciones nuevas que exigen preparación, no reacción.

Antes de seguir: este artículo es informativo y no constituye asesoría legal. Las disposiciones técnicas de la autoridad laboral seguían pendientes de publicación al momento de escribirlo, y conviene validar cada punto con un abogado laboral antes de tomar decisiones.

El calendario

La reducción es progresiva y se distribuye a lo largo de cuatro años:

AñoJornada semanal máxima
202648 horas
202746 horas
202844 horas
202942 horas
203040 horas

Un punto que conviene tener claro desde ahora: la reducción de jornada no puede implicar disminución de salarios, prestaciones ni derechos. Se trabaja menos por el mismo sueldo, y eso es precisamente lo que obliga a revisar la productividad antes de que la fecha llegue.

Lo que cambia en horas extra

Junto con la jornada se ajustaron las reglas del tiempo extraordinario. El tope semanal queda en doce horas, distribuidas en no más de cuatro días. Lo que exceda ese límite se paga con un recargo mayor al habitual. Y los menores de dieciocho años no pueden realizar tiempo extraordinario.

Para muchas empresas, esta es la parte que más duele: la que venía cubriendo picos de demanda con horas extra sin control va a tener que resolverlos de otra manera — con mejor programación, con más gente, o revisando por qué el pico existe.

El registro de jornada

Es la obligación que más trabajo operativo implica y la que menos atención suele recibir. A partir de enero de 2027 el registro de jornada deja de ser una buena práctica y se vuelve exigible, con un contenido mínimo que incluye la hora de inicio y de fin de la jornada de cada persona.

Aplica a todo empleador con personal subordinado, sin distinción por tamaño de empresa ni por sector, e incluye al personal en teletrabajo. No hay excepción para la empresa chica.

Las sanciones previstas por incumplimiento van de 250 a 5,000 UMA, lo que en términos prácticos representa una multa que puede llegar a varios cientos de miles de pesos. Es una cifra que conviene comparar contra el costo de prepararse con tiempo.

Lo que todavía no está definido: la autoridad laboral tiene pendiente publicar las disposiciones de carácter general que precisarán el ámbito de aplicación, las posibles excepciones y los detalles técnicos del registro. Eso no es razón para esperar — es razón para dejar el diseño listo y ajustarlo cuando salgan.

Qué conviene tener antes de enero

Cinco cosas, en este orden:

  1. Un diagnóstico de su jornada real, no la contratada. Cuántas horas se trabajan de verdad por puesto, y en qué áreas hay tiempo extra recurrente. Sin este dato no se puede planear nada.
  2. Contratos individuales revisados. Si el contrato dice 48 horas y a partir de enero la jornada es de 46, hay que ajustarlo. Es lo más urgente y lo que más tarda, porque implica firma de cada persona.
  3. Reglamento Interior de Trabajo actualizado, registrado y difundido. Es el instrumento donde viven los horarios, los turnos y las reglas de asistencia — y sin él no hay con qué sostener una medida disciplinaria.
  4. El mecanismo de registro operando desde antes. Ponerlo a funcionar en enero es garantizar tres meses de datos malos. Conviene arrancarlo en piloto con tiempo suficiente para corregir.
  5. Un procedimiento escrito de asistencia e incidencias: quién revisa el registro, cada cuándo, qué se hace con un retardo, cómo se autoriza el tiempo extra y quién lo firma.

La oportunidad que trae escondida

Vale la pena decirlo, porque casi nadie lo plantea así: una empresa que va a trabajar dos horas menos por semana con el mismo sueldo tiene, por primera vez en años, una razón concreta para revisar cómo se hace el trabajo.

Los reprocesos, las juntas sin agenda, la información que se captura tres veces, el tiempo que se pierde buscando un documento — todo eso que siempre se pospone porque «así hemos funcionado» ahora tiene un costo con fecha. Las empresas que aprovechen el plazo para ordenar procesos van a llegar a 2030 trabajando cuarenta horas sin haber perdido capacidad. Las que solo ajusten el reloj checador van a llegar con el mismo desorden en menos tiempo.